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Usuarios informados: interminable guerra de las tasas municipales y cómo evitar el fuego cruzado

Entender la novela de las boletas de servicios que enemistó al gobierno de Milei con las provincias y municipios es casi tan difícil como interpretar una boleta de EJESA ¿Qué pagamos? ¿Qué debemos pagar? ¿Se han convertido los usuarios en rehenes de una disputa por la recaudación?

En el caso de la energía eléctrica, el primer segmento define tres ítems muy claros, como el derecho a integrar la red, también llamado cargo fijo, el uso del tendido eléctrico y la cantidad de kilovatios por hora consumidos, teniendo solo este último su precio fijado desde la Secretaría de Energía de la Nación. El resto, de la composición, es decir tasas e impuestos, en teoría costean servicios como el alumbrado, la Superintendencia de Servicios Públicos o simplemente engrosan las arcas de Hacienda.

Gracias a una investigación reciente de la Red de Periodistas Ruido, se pudo determinar el nivel de incidencia de tasas e impuestos en las facturas de servicios. En Jujuy se calcula que hay una presencia promedio del 13,74% sobre el costo final. Una de las provincias donde tienen mayor injerencia, aunque lejos de la capital pampeana con 35% o Rawson con 26%.

Por tanto, no se trata de un tema menor, en una factura de EJESA correspondiente a usuarios residenciales, habitualmente la cuarta parte corresponde a tributos que no guardan ninguna relación con los kilovatios consumidos. Por cada $1000 pagados, $250 aproximadamente se van en distintos en los mencionados tributos.

¿Y está bien que esto ocurra? Como por ejemplo cuando se habló de incorporar la Tasa GIRSU en nuestras boletas ¿Tiene sentido convertir a Ejesa en un super agente de percepción de la tasa por recolección de residuos? En este informe no haremos ese tipo de valoración, pero desde ya que al gobierno nacional, le ha parecido una actitud compulsiva. Iniciando así procesos legales contra gobiernos provinciales y municipales, que nueve meses después los continúan percibiendo.

Existen tanto intimaciones oficiales como fallos en contra de los designos libertarios en todo el territorio. El primer antecedente tuvo lugar en Pilar, donde el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, dictó una resolución suspendiendo suspendió la aplicación de la Resolución 267/2024 en el distrito, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Hecho que sería repetido en distintos municipios, implicando un traspiés para Luis Caputo, el ministro autor de la normativa y quien encabeza la disputa.

Jujuy no ha sido la excepción, los intendentes se mostraron reacios a cambiar la histórica metodología de recaudación, argumentando un posible atentado contra la autonomía y temerosos de que la morosidad entre los contribuyentes aumente y queden desfinanciados. El gobernador Sadir, quien ha mostrado una buena sintonía con el Ejecutivo Nacional en los últimos meses, ha preferido mantenerse al margen de la disputa. Aunque es importante recordar que pidió a sus intendentes, derogar la controversial Tasa Vial, que es otra batalla vigente entre los mismos actores políticos.

Como la única asociación legitimada actualmente para representar al colectivo de usuarios y consumidores, CODECUC, encabezada por el abogado Alejandro Mur, hizo las presentaciones pertinentes ante la justicia federal, enfocado exclusivamente en el ítem municipal Percepción de Contribución Única, que grava con 6% sobre el subtotal de consumo tanto de luz como agua y cuyo destino es una completa incógnita. El usuario en teoría, paga sin recibir algo a cambio.

Para sorpresa de algunos confiados funcionarios, el pasado mes de febrero, María Inés Gregoraschuk titular del Juzgado Federal N° 2 de Jujuy aceptó la competencia, aunque desestimando la medida cautelar para suspender dicho cobro inmediatamente. Pasadas las semanas, se espera que a la brevedad resuelva el amparo, que para CODECUC será favorable.

En el mientras tanto, Mur confirmó hace un par de semanas atrás, una nueva presentación ante la Justicia Federal, para avanzar con el cese en el cobro de la tasa municipal 10% con la que se gravan las facturas emitidas por el distribuidor local de gas natural NATURGY NOA S.A.

Si prospera un amparo, es lógico pensar que ocurriría lo mismo con el segundo. De este modo podría sentarse un precedente que obligue a las empresas distribuidoras de servicios públicos a retirar el resto de las tasas.

No obstante, para quien efectivamente desee no pagar dichas tasas y limitarse a abonar el servicio en cuestión queda una alternativa. Desde octubre del año pasado y advirtiendo la reticencia de los intendentes, el gobierno nacional ordenó al Banco Nación de ofrecer un servicio de pago diferenciado, permitiendo al usuario pagar lo que le plazca, a tono con el concepto de libertad de elección.

La función entró en vigencia el pasado mes de noviembre, exclusivamente desde la App del Banco Nación BNA+ una vez elegida la opción pagar servicio con el nombre de la empresa proveedora en cuestión, el sistema discriminará el valor real de las tasas y el usuario podrá elegirlo. También se hizo la invitación a la banca privada, pero hasta la fecha, ninguna firma ha querido tomar postura e involucrarse en una discusión tan intensa.

Cómo terminará la historia en Jujuy, la jueza fallará a favor del amparo, EJESA acatará o los municipios pondrán el grito en el cielo y lo evitarán. La conclusión quedará para un próximo informe especial.

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