La Municipalidad de San Salvador de Jujuy recordó que continúa vigente la prohibición del uso y comercialización de pirotecnia sonora en todo el ejido urbano, en el marco de la Ordenanza N.º 7458/2020, con el objetivo de proteger la salud y el bienestar de la comunidad, especialmente durante las celebraciones de Fin de Año.
La normativa establece la prohibición de la venta, comercialización y uso de pirotecnia sonora o cohetería de tipo explosiva, y busca reducir los efectos negativos que este tipo de artefactos generan en distintos sectores de la población.
Protección de la salud y el bienestar
La ordenanza apunta a resguardar a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), adultos mayores, bebés y personas con hipersensibilidad auditiva, quienes pueden sufrir consecuencias físicas y emocionales por el impacto del ruido excesivo. Además, se remarca la necesidad de proteger a los animales, que también se ven seriamente afectados por las detonaciones.
Controles y responsabilidad ciudadana
Desde el Municipio apelan a la responsabilidad de comerciantes y vecinos, recordando que el consumo de pirotecnia sonora está expresamente prohibido y que su utilización constituye una infracción a la normativa vigente. En ese sentido, se llevan adelante controles permanentes a cargo de la Dirección General de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno.
Ante consultas o denuncias relacionadas con la venta de pirotecnia sonora, los vecinos pueden comunicarse a través del WhatsApp de Control Comercial al 388 505 6424, o mediante el código QR oficial.
Finalmente, el Municipio impulsa celebraciones más inclusivas, seguras y respetuosas, destacando que festejar sin estruendos es una forma concreta de construir una ciudad más empática y solidaria.













