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Micro PyMES y comercios pequeños dejarán de pagar Ingresos Brutos por seis meses

El proyecto de Ley de Alivio Fiscal y Asistencia Financiera para el sector comercial de Jujuy superó su instancia de debate técnico y quedó listo para ser transformado en una normativa funcional. Tras obtener dictamen favorable en las comisiones de Finanzas y de Legislación General, la iniciativa impulsada por el oficialismo con el aval directo del Poder Ejecutivo se debatirá y votará en el recinto durante la sesión legislativa programada para esta semana.

La medida surge como una respuesta directa a la recesión económica que afecta al sector privado a nivel nacional y que en el plano local ya provocó el cierre de más de mil establecimientos comerciales (según fuentes oficialistas). La propuesta, redactada conjuntamente por los diputados oficialistas Teresa Agostini y Guido Luna —este último presidente de la Comisión de Finanzas—, fue estructurada a pedido del gobernador Carlos Sadir con el objetivo de contener la pérdida de puestos de trabajo y aliviar los costos fijos de los pequeños contribuyentes de la provincia.

Exenciones totales y parciales según la categoría del monotributo

El esquema de beneficios diseñado en el proyecto establece un criterio de segmentación para garantizar que el mayor impacto de la ayuda estatal se concentre en los eslabones más vulnerables de la cadena comercial. «De este modo, los comerciantes y emprendedores encuadrados en las categorías A, B y C del monotributo recibirán una exención del 100% en el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos», explicó el diputado Luna a JujuyViral.

Para las escalas más altas, que abarcan desde la categoría D hasta la K, la normativa prevé una reducción del 50% en el mismo tributo provincial. El legislador radical remarcó que el impacto del beneficio alcanzará también a otros costos operativos clave para el funcionamiento de los locales

Quienes revistan la condición de propietarios o inquilinos de inmuebles destinados estrictamente a la actividad comercial recibirán un descuento sobre el Impuesto Inmobiliario, a la vez que quedarán eximidos del pago del Impuesto de Sellos en la firma de contratos de alquiler y transacciones vinculadas al negocio

Vigencia del beneficio y mecanismos de inscripción

De aprobarse la ley en la próxima sesión, el régimen de emergencia fiscal entrará en vigencia a partir del próximo 1 de julio y se extenderá de forma inicial por un plazo de seis meses, fijando su vencimiento el 31 de diciembre. No obstante, el texto parlamentario otorga facultades especiales al Poder Ejecutivo para prorrogar la medida en caso de que las variables macroeconómicas nacionales no muestren signos de recuperación durante el segundo semestre.

Respecto a la implementación operativa de la ley, las autoridades aclararon que el beneficio no se aplicará de manera automática. Los comerciantes interesados deberán iniciar un trámite de inscripción formal bajo la órbita del Ministerio de Hacienda, el cual se canalizará a través de la Dirección Provincial de Rentas (DPR) u otros organismos que el Ejecutivo disponga en la reglamentación, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos y el encuadre comercial de cada solicitante.

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