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La Justicia Federal suspendió las elecciones internas del PJ en Jujuy hasta resolver el reclamo de la lista de Rivarola

La contienda interna del Partido Justicialista (PJ) en la provincia de Jujuy sumó un nuevo capítulo judicial, en una secuencia incontable de idas y vueltas que solo diezma la legitimidad del proceso donde la militancia se ha mareado literalmente. Esta vez el juez federal con competencia electoral, Esteban Eduardo Hansen, hizo lugar a una medida cautelar presentada por el apoderado de la lista «Celeste y Blanca N° 2» y ordenó la suspensión provisoria del proceso electoral interno que estaba previsto para el próximo 30 de agosto.

La resolución judicial se produjo pocas horas después de que la Junta Electoral partidaria emitiera la Resolución Nº 22/2026, mediante la cual volvió a rechazar la nómina encabezada por el dirigente Rubén Rivarola y ratificó a «Generación Valiente» (Lista N° 10) como la única propuesta oficializada para participar de los comicios.

El conflicto jurídico deviene de una serie de observaciones e impugnaciones cruzadas. El pasado 10 de agosto, el propio Juzgado Federal había dejado sin efecto una resolución previa del órgano partidario (Res. Nº 8/2026) por considerar que no se le había otorgado a la Lista N° 2 un plazo efectivo para subsanar los errores detectados en la presentación de sus candidaturas.

Tras aquel fallo, la Junta Electoral abrió una ventana de doce horas para la recepción de correcciones. Sin embargo, al examinar la documentación corregida —que incluyó más de 300 modificaciones—, la Junta concluyó que no se trataba de meras subsanaciones, sino de una reestructuración casi integral con incorporación de nuevas candidaturas, rechazando nuevamente a la «Celeste y Blanca N° 2».

Ante esto, los apoderados del sector de Rivarola recurrieron nuevamente a la Justicia Federal bajo el amparo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Ley 23.298) solicitando la suspensión del cronograma hasta tanto se analice el fondo del asunto.

Los fundamentos del fallo y los pasos a seguir

En el texto de la medida cautelar, el juez Esteban Hansen sostuvo que existe una probabilidad razonable de que la Junta Electoral haya «desnaturalizado», lo resuelto por el tribunal el 10 de agosto, al convertir el plazo de subsanación en un «mero acto formal sin alcance alguno». Asimismo, el magistrado cuestionó que, aun asumiendo la existencia de irregularidades en determinados sectores o categorías, el órgano partidario proyectara las sanciones sobre la totalidad de la lista, en lugar de circunscribirlas a los tramos afectados.

Por otra parte, el magistrado fundamentó el peligro en la demora, advirtiendo que la prosecución del cronograma conduciría a la inminente proclamación de la Lista N° 10 como lista única, lo que tornaría ineficaz cualquier tutela judicial posterior e infligiría un daño de difícil reparación en los derechos políticos de los involucrados.

El tribunal aclaró que la suspensión no implica pronunciarse sobre la validez definitiva de la lista de Rivarola ni sobre la actuación de la Junta, sino únicamente «preservar el estado de situación existente» para ejercer la revisión judicial correspondiente

En consecuencia, el juzgado dispuso correr traslado del recurso presentado a la Junta Electoral del PJ y al interventor del partido por un plazo de 48 horas corridas, tras lo cual la Justicia quedará en condiciones de resolver la cuestión de fondo.

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Un comentario
Jeramy

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