El Gobierno nacional estableció en $383.800 el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a partir del 1° de septiembre de 2026 y definió una escala de aumentos mensuales que llevará el piso salarial hasta los $437.000 en abril de 2027.
La actualización fue oficializada mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, luego de que empleadores y representantes sindicales no lograran alcanzar un acuerdo durante la reunión realizada el viernes 28 de agosto.
La medida alcanza a trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y organismos del Estado nacional. En el caso de jornadas inferiores a la legal, el monto deberá abonarse de manera proporcional.
Cómo aumentará el salario mínimo hasta abril de 2027
La resolución estableció ocho incrementos mensuales consecutivos:
- Septiembre de 2026: $383.800 mensuales y $1.919 por hora.
- Octubre de 2026: $391.200 y $1.956 por hora.
- Noviembre de 2026: $398.800 y $1.994 por hora.
- Diciembre de 2026: $406.400 y $2.032 por hora.
- Enero de 2027: $414.200 y $2.071 por hora.
- Febrero de 2027: $422.000 y $2.110 por hora.
- Marzo de 2027: $429.600 y $2.148 por hora.
- Abril de 2027: $437.000 y $2.185 por hora.
Los valores mensuales corresponden a quienes cumplen una jornada legal completa, mientras que los montos por hora se aplican a trabajadores jornalizados.
Qué pasa con la prestación por desempleo
Los nuevos valores también tendrán impacto sobre la Prestación por Desempleo, debido a que sus límites están vinculados directamente al salario mínimo.
El beneficio equivale al 75% de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual percibida durante los seis meses anteriores al cese laboral. Sin embargo, no puede ubicarse por debajo del 50% del salario mínimo ni superar el 100% de ese monto.
De esta manera, tanto el piso como el techo de la prestación se actualizarán automáticamente a medida que entren en vigencia los distintos aumentos previstos hasta abril.
La actualización se definió sin acuerdo entre sindicatos y empresarios
La intervención del Ejecutivo se produjo después del fracaso de las negociaciones en el Consejo del Salario. La CGT y las dos CTA rechazaron la propuesta empresaria, que contemplaba una suba del 1,8% para septiembre y del 1,7% mensual para los períodos siguientes hasta abril.
Ante la ausencia de consenso, el Gobierno volvió a definir los montos mediante un laudo, mecanismo que ya había utilizado anteriormente para actualizar el salario mínimo.
En paralelo, un análisis del Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA señaló que el poder adquisitivo real del salario mínimo acumuló una caída del 40,5% entre noviembre de 2023 y julio de 2026.
Fuente: TN














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