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Autorizan viajar con mascotas en micros y trenes de larga distancia en todo el país

El Ministerio de Economía anunció una nueva medida que permitirá a los pasajeros viajar con sus mascotas en servicios de larga distancia, tanto en transporte automotor como ferroviario, dentro de todo el país. La decisión fue oficializada a través de una resolución publicada recientemente por la Secretaría de Transporte y busca actualizar la normativa vigente, adaptándola a las condiciones actuales del sector.

Según lo informado, la resolución 2076/2025 habilita el traslado de animales domésticos en servicios de jurisdicción nacional, dejando en manos de la autoridad de aplicación la reglamentación específica.
“En ambos modos de transporte terrestre de jurisdicción nacional, se ha previsto la facultad de la autoridad de aplicación para reglamentar el traslado de animales en los servicios”, sostiene el texto difundido por la cartera que dirige Luis Caputo.

Condiciones y responsabilidades de los pasajeros

La normativa establece que el pasajero será responsable en todo momento de la custodia, salud y bienestar del animal, y deberá asegurarse de que no genere riesgos ni molestias durante el viaje.
Además, el traslado deberá realizarse en un transportín o contenedor cerrado, diseñado específicamente para animales, que podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en un asiento junto a la ventana, siempre correctamente asegurado con el cinturón de seguridad.

También será obligatorio presentar la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra documentación que exija la normativa vigente, la cual podrá ser requerida al momento de abordar o durante el trayecto. Solo se permitirá un animal doméstico por pasajero mayor de edad.

Costos, excepciones y facultades de las empresas

La resolución faculta a las empresas de transporte a fijar una tarifa específica por el traslado de animales, de acuerdo con las condiciones del mercado. No obstante, los perros guía o de asistencia que acompañan a personas con discapacidad estarán exceptuados del pago, en cumplimiento de la ley 26.858.

Asimismo, las compañías podrán establecer condiciones adicionales, como límites de peso, edad, raza o especie, y definir los procedimientos de limpieza y desinfección de las unidades. También tendrán la posibilidad de organizar recorridos y frecuencias específicas para los servicios que admitan mascotas.

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Fuente: infobae

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