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Cambios impositivos que llegarán en 2026 y cómo impactarán en el bolsillo

El inicio de 2026 llegará con cambios importantes en dos impuestos clave para los contribuyentes: el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo, que se actualizarán en función de la inflación, tal como lo establece la reforma fiscal sancionada en 2024.

Aunque el Gobierno analiza avanzar con otras modificaciones impositivas en el marco de la reforma laboral que se debate en el Senado, estos ajustes ya están confirmados y tendrán impacto directo en los bolsillos.

Actualización por inflación: cuándo se sentirá el impacto

Tal como ocurrió en las actualizaciones anteriores, los nuevos valores regirán formalmente desde el 1° de enero, pero recién se reflejarán en febrero, ya que es necesario esperar la publicación del IPC de diciembre, prevista para el martes 13 de enero, según el cronograma del INDEC. La actualización contempla la inflación acumulada del semestre julio-diciembre.

Entre julio y noviembre, la inflación acumuló 11,16% y, con una proyección privada de 2,1% para diciembre, se estima que el ajuste total será cercano al 13,5% tanto para Ganancias como para el Monotributo.

Impuesto a las Ganancias: nuevos mínimos y escalas

En el caso de Ganancias, la actualización impactará en el mínimo no imponible, las deducciones y las escalas. Con un aumento estimado del 13,5%, el piso para comenzar a tributar quedaría en torno a $2.982.673 brutos mensuales para empleados solteros sin hijos, mientras que los trabajadores casados con dos hijos comenzarían a pagar el impuesto a partir de $3.915.750 brutos por mes. Estos valores regirán durante el primer semestre de 2026.

Monotributo: suben topes de facturación y cuotas

Para el Monotributo, la indexación alcanzará a los topes de facturación, las escalas, la cuota mensual, el aporte previsional y la obra social, además de otros parámetros como alquileres y consumo energético. Con el ajuste previsto, la categoría A podrá facturar más de $10,2 millones anuales, mientras que el tope de la categoría K ascenderá a $107,6 millones por año.

Recategorización: plazos y requisitos

Desde la reforma fiscal también se modificaron los plazos para la recategorización semestral. Según informó ARCA, el trámite se habilitará después del 13 de enero, una vez conocido el IPC de diciembre, y habrá tiempo para realizarlo hasta el 5 de febrero. La recategorización se realiza en enero y julio, evaluando la actividad de los últimos 12 meses. Si no se realiza el trámite, se considera que no hubo cambios y el contribuyente permanece en la misma categoría.

Fuente: TN

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