Los extensos tiempos de la justicia se manifestaron alrededor de uno de los procesos que más conmocionaron a la provincia, pero finalmente el caso Matías Puca alcanzó su resolución en los tribunales locales. Mediante la aplicación del instituto de juicio abreviado, Ricardo Martín Cruz admitió formalmente ser el autor del hecho y recibió una condena de tres años de prisión de ejecución condicional. La resolución fue homologada por unanimidad por el tribunal integrado por los jueces Alejandro Gloss, Elia Luciano Yapura y Ernesto Kamada, tras un acuerdo técnico alcanzado entre el Ministerio Público de la Acusación (MPA), la defensa y la querella unificada.
El caso, que estuvo marcado por sucesivas apelaciones, planteos de nulidad y dilaciones procesales que postergaron el debate durante casi una década, concluyó respetando la voluntad de Natalia Fabiola Zerpa, madre de la víctima. Durante la audiencia formal, Cruz no solo asumió los cargos penales en su contra, sino que formuló un pedido público de disculpas a la familia del joven estudiante.
El hecho que conmocionó a la provincia
Para dimensionar el impacto social del veredicto es necesario remontarse al 17 de septiembre de 2017, en pleno desarrollo de la Fiesta Nacional de los Estudiantes. Matías Benjamín Puca, un joven de 18 años oriundo de Humahuaca y carrocero de la Escuela Técnica de Maimará, caminaba junto a un grupo de compañeros por la vereda de la avenida Fascio de la capital jujeña. El contingente se dirigía hacia el predio del RIM 20, lugar que funcionaba como albergue para las delegaciones estudiantiles del interior.
En ese trayecto, un automóvil conducido por Ricardo Martín Cruz perdió el control, subió a la vereda e impactó de manera directa a Puca y a una de sus compañeras. Lejos de detenerse a brindar auxilio o solicitar asistencia médica, el conductor continuó su marcha y se dio a la fuga. A raíz del traumatismo encéfalo craneano grave y las múltiples lesiones sufridas, el estudiante humahuaqueño falleció dos días después en las dependencias del Hospital Pablo Soria. La clandestinidad del autor del hecho disparó una intensa investigación que, mediante el cotejo de registros fílmicos de cámaras de seguridad públicas y privadas, permitió identificar el rodado involucrado y, posteriormente, efectivizar la detención de Cruz.

Calificación legal y reglas de conducta impuestas
La investigación penal preparatoria estuvo a cargo del fiscal Aldo Lozano, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Propiedad e Integridad de las Personas. Bajo los términos del acuerdo homologado, Cruz fue hallado culpable del delito de homicidio imprudente por conducción antirreglamentaria de vehículo automotor, agravado por la fuga del responsable. Al tratarse de una pena de ejecución condicional, el condenado no cumplirá la sanción dentro de un establecimiento penitenciario, pero quedará sujeto al cumplimiento estricto de reglas de conducta por el término de tres años.
Entre las restricciones impuestas por el tribunal se destaca la prohibición absoluta de conducir cualquier tipo de vehículo motorizado por un plazo de cinco años. Asimismo, Cruz tiene vedado salir del territorio nacional sin autorización judicial expresa, deberá presentarse de manera periódica ante la Oficina de Control y Probation del MPA, y tendrá que abstenerse del consumo abusivo de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes.
La sentencia judicial fija además la prohibición de ejercer cualquier acto de perturbación, hostigamiento o contacto hacia la madre de la víctima y su entorno familiar, dejando establecido que el incumplimiento de cualquiera de estas pautas revocará de inmediato la condicionalidad de la pena, ordenándose su alojamiento en el servicio penitenciario. Finalmente, el acuerdo homologado incluyó la disposición de una reparación económica en favor de la familia damnificada.














