El Senado de la Nación aprobó durante la madrugada de este viernes una versión fuertemente modificada del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, luego de que La Libertad Avanza debiera retirar otro de los capítulos más cuestionados de la iniciativa. La propuesta obtuvo 37 votos a favor y 33 en contra y ahora deberá ser analizada por la Cámara de Diputados.
El oficialismo, encabezado en la Cámara alta por Patricia Bullrich, ya había desistido del capítulo referido a la venta de tierras a extranjeros y, durante la sesión, también resolvió retirar las modificaciones previstas sobre la Ley de Manejo del Fuego. De esta manera, continuarán vigentes las restricciones que impiden modificar el uso de terrenos afectados por incendios durante períodos de 30 y 60 años, según el caso.
Otro retroceso para el proyecto oficialista
La propuesta para modificar la Ley de Manejo del Fuego generó fuertes cuestionamientos entre sectores de la oposición y legisladores dialoguistas. Uno de los principales argumentos fue que eliminar las restricciones actuales podría disminuir la protección de los ecosistemas y habilitar cambios en el uso productivo o inmobiliario de terrenos afectados por incendios.
El senador radical Maximiliano Abad advirtió durante el debate que “la jurisprudencia ha consolidado el principio de no regresión ambiental” y sostuvo que la modificación podía terminar judicializada. También la senadora Edith Terenzi cuestionó la iniciativa al afirmar: “Vamos a dejar sin protección nuestros ecosistemas, sin vallas ni límites para su protección”.
Ante la falta de votos suficientes, el oficialismo terminó retirando ese capítulo antes de la votación definitiva. La decisión representó otro revés para La Libertad Avanza, que durante los días previos también había tenido que abandonar las modificaciones relacionadas con la adquisición de tierras por parte de extranjeros.

Qué puntos quedaron en la ley
Tras los cambios, el texto aprobado conserva principalmente reformas vinculadas con expropiaciones y desalojos. En materia de expropiaciones, establece que la declaración de utilidad pública deberá ser interpretada de manera restrictiva y que tendrá que identificar de forma específica el objetivo perseguido. También introduce nuevos criterios para determinar las indemnizaciones.
Respecto de los alquileres, se establece que, ante la falta de pago de una vivienda, el propietario deberá intimar previamente al inquilino y concederle al menos diez días corridos para cancelar la deuda. Cumplido ese plazo, podrá iniciar una acción judicial de desalojo mediante el procedimiento más breve previsto por la legislación.
Además, el proyecto contempla procedimientos más rápidos frente a determinadas situaciones de usurpación. Con las modificaciones realizadas durante los últimos días, el proyecto que llegó al recinto quedó considerablemente reducido respecto de su versión original, mientras que los capítulos más controvertidos vinculados a tierras extranjeras y al manejo de superficies incendiadas quedaron afuera del texto que ahora será enviado a Diputados.
Fuente: Infobae












