La Legislatura de Jujuy sancionó la Ley N.º 6.465, una normativa que modifica la Ley Impositiva y el Código Fiscal de la provincia, y que establece una reducción de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos para diversas actividades económicas consideradas estratégicas. Entre ellas se encuentran los servicios agrícolas, el transporte urbano y suburbano, la construcción y reparación de viviendas, la hotelería y las agencias de viajes.
Beneficios fiscales para fomentar el desarrollo
El diputado Guido Luna explicó que la iniciativa apunta a “aliviar la carga fiscal para sectores estratégicos de la economía provincial, promoviendo el empleo, la inversión y la competitividad”. Además, detalló que se aprobó un decreto del Poder Ejecutivo que exceptúa del pago de Ingresos Brutos a actividades vinculadas con la agropecuaria, la silvicultura, la caza y la pesca, desde el 1 de mayo hasta el 31 de diciembre de este año.
En este contexto, recordó que los decretos enviados por el Ejecutivo solo pueden ser aprobados o rechazados por la Legislatura, sin posibilidad de modificaciones.
Impacto en el turismo y el mercado inmobiliario
La medida también contempla la exención del impuesto a los sellos para quienes alquilen propiedades, lo que representa un beneficio directo para inquilinos y garantes, además de favorecer al turismo y a las empresas de transporte.
“Queremos hacer nuestro humilde aporte para aliviar un poco la situación que están atravesando los jujeños”, expresó Luna, en alusión a la crisis económica que atraviesa el país y que golpea particularmente a Jujuy.
La Ley N.º 6.465 ya está vigente y los beneficios pueden ser accedidos por los ciudadanos jujeños desde su publicación. Según lo remarcado por el legislador, la normativa no solo beneficia al sector agropecuario, sino también a otros sectores y personas físicas que, por distintas causas, deban afrontar el pago de impuestos provinciales.














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